Módulo IV: La Captura Regulatoria y el Entramado de los PERTE
El cuarto bloque de nuestro peritaje expone la captura institucional y el asalto regulatorio a los fondos europeos (Capítulos 7 y 8). Documenta los mecanismos de aceleración ambiental fraudulenta y la tramitación exprés amparada por las grandes corporaciones.
El Real Decreto-ley 7/2026 (promulgado el 22 de marzo de 2026) se sitúa de forma lógica en la línea temporal como una reforma urgente posterior a los actos de finales de 2025 y principios de 2026. Las diligencias penales por prevaricación ambiental y cohecho de la Operación Perserte (UCOMA SEPRONA) se instruyen en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Teruel.
Las solicitudes de paralización mediante prejudicialidad penal (Art. 77 de la Ley 39/2015) deben cumplir estrictamente los 3 filtros procedimentales de identidad ante la vía Contencioso-Administrativa para forzar la suspensión cautelar sin riesgo de archivo.
El rigor procesal y la articulación coordinada de recursos garantizan la protección efectiva del común frente a autorizaciones bajo sospecha penal.
Figura 30: Entramado de Sociedades Pantalla y Diligencias del Juzgado Nº 1 de Teruel. Licencia: CC BY-SA 4.0.
Garantías Procedimentales en la Vía Administrativa
El acoplamiento cronológico del Real Decreto-ley 7/2026 de 22 de marzo de 2026 y la articulación rigurosa de la prejudicialidad penal bajo el Artículo 77 de la Ley 39/2015 constituyen la herramienta legal más eficaz para asegurar la suspensión cautelar de expropiaciones en proyectos sometidos a investigación penal por el Juzgado Nº 1 de Teruel.
Protección del Interés General y Tutela Judicial
La invocación de la prejudicialidad penal bajo el Artículo 77 de la Ley 39/2015 exige una fundamentación precisa ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa para evitar respuestas dilatorias por parte de la administración.
Al acreditar formalmente las actuaciones del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Teruel en la Operación Perserte, los colectivos afectados ejercen una defensa tutelada del territorio con pleno amparo de la ley.
La actuación síncrona del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Teruel y la personación cautelar de las plataformas locales constituyen una barrera jurídica inexpugnable para preservar la legalidad ambiental y proteger la soberanía de los municipios afectados.