1. Vinculación entre el Certificado y el Registro Técnico de la Instalación
El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y la Solicitud de Registro no son documentos estancos; operan como un binomio inseparable. Mientras que el CIE es un documento puramente técnico que certifica parámetros electrotécnicos (secciones, potencias, aislamiento), la solicitud es el instrumento administrativo que inscribe esos datos en el registro público de la Comunidad Autónoma. Esta vinculación garantiza que cualquier futura intervención, auditoría de la OCA o cambio de titularidad tenga como referencia una Línea Base (Baseline) exacta del estado original de la instalación en el momento de su legalización.
1. El Código CUPS y el Registro Industrial del Establecimiento
El Código Universal de Punto de Suministro (CUPS) es el "DNI" de la instalación eléctrica. Comienza con las letras "ES" seguidas de 20 o 22 caracteres alfanuméricos. Es asignado en exclusiva por la Empresa Distribuidora local (ej. i-DE, UFD, e-Distribución). El registro técnico es imposible sin este código. El CUPS actúa como puente de datos: la Distribuidora sabe dónde está la acometida físicamente, Industria sabe quién la instaló y bajo qué parámetros de seguridad, y la Comercializadora sabe a quién facturar. Cuando el instalador presenta el CIE en Industria, el sistema telemático "casa" el CUPS con el NIF del titular; si hay discrepancia (por ejemplo, el CUPS corresponde a la nave de al lado), el expediente es rechazado en fase de validación.
2. El Libro de Órdenes y Seguimiento del Proyecto Eléctrico
Para instalaciones que superan los umbrales de MTD y requieren Proyecto de geniería (ej. industrias> 20\text{ kW}In, quirófanos o locales de pública concurrencia), la tramitación asciende de nivel de rigor. El instalador no solo emite el CIE, sino que debe colaborar con el Ingeniero Proyectista y el Director de Obra. Aquí entra en juego el Libro de Órdenes: un documento oficial visado donde el Director de Obra anota cronológicamente instrucciones, modificaciones sobre plano y aprobaciones de hitos de montaje. Al finalizar la instalación, el CIE debe ir acompañado del Certificado de Dirección de Obra, atestiguando que lo que el instalador ha ejecutado físicamente se corresponde milimétricamente con los cálculos de sección y protecciones del proyecto visado.
3. Archivo Documental de Ensayos de Puesta en Servicio
La ITC-BT-04 y la UNE-HD 60364-6 exigen que, antes de firmar el CIE, la instalación se someta a una batería de verificaciones. Los resultados de estos ensayos no deben perderse; forman parte del Archivo Documental del Instalador (y a menudo se entregan como anexo al titular). Este dossier debe incluir como mínimo: valores de resistencia de aislamiento (medidos a 500 V), continuidad del circuito de protección (conductores de tierra), resistencia de la pica de tierra, y los tiempos de disparo y corriente umbral (I_Δn) de todos los interruptores diferenciales. Si años después ocurre un incendio por un cortocircuito a masa y el titular demanda al instalador, este archivo documental es la prueba pericial irrefutable de que, en la fecha de expedición del CIE, la instalación era eléctricamente segura y cumplía la ley.
📖 Normativa: Límites de Proyecto
El documento ausente es el Proyecto Técnico redactado por técnico competente (ingeniero) y el Certificado de Dirección de Obra. Según la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-04, las industrias en general requieren Proyecto cuando la potencia prevista sea superior a 20 kW. Al tratar de inscribir una industria de 35 kW, la simple Memoria Técnica de Diseño (MTD) del instalador carece de validez legal. Sin el Proyecto visado, Industria bloqueará la asignación del código de registro.
Accede al Módulo de Secciones para calcular y justificar el tamaño de la Derivación Individual, un parámetro técnico innegociable que debe plasmarse en tu CIE y coincidir con el esquema unifilar presentado en el registro.
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